Felicitémonos por estos
38 años de nuestra Carta Magna
El 6 de
diciembre de 1978 nacía la nueva y vigente Constitución que nos está haciendo
disfrutar a todos los españoles de paz y bienestar. Esta fue la primera Constitución fruto del consenso de los diferentes grupos políticos y de las
distintas ideologías que existían en aquel momento.
Es una
verdadera pena que después de 38 años en vigor haya grupos que no deseen estar
presentes en los actos de su celebración.
Monumento a la Constitución en Cuenca. Obra de Gustavo Torner |
El 6 de
diciembre conmemoramos la celebración del referéndum de 1978 en el que el
pueblo español aprobó, por amplia mayoría, la actual Constitución. Entrando en
vigor el mismo día de su publicada en el Boletín Oficial del Estado, el día 29
de diciembre del mismo año.
Este año es un
buen momento para la reflexión de lo que ha sido esta etapa democrática, un
tiempo en el que se ha sabido encontrar el equilibrio adecuado, en momentos muy
difíciles, para poder avanzar en la calidad de vida de todos los españoles.
Hace unos años,
en los centros educativos, se hablaba y se daba a conocer a los alumnos nuestros
principios básicos de la Carta Magna, hoy en día sólo se menciona sin más. Creo
que es muy importante que nuestros jóvenes conozcan las normas fundamentales
por las que nos regimos y que han garantizado la unidad de todos los españoles.
España posee una gran historia
democrática. Si repasamos la historia encontraremos que en nuestro país se han
promulgado seis constituciones a lo largo de su existencia.
La primera,
promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812. Encabezaba así: Don Fernando VII, por
la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las
Españas, y en su ausencia y cautividad la Regente del Reino, nombrada por las
Cortes Generales y extraordinarias, a todos los que las presentes vieren y
entendieren, sabed: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la
siguiente: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA. Estuvo en vigor
desde 1812 hasta 1814, desde 1820 hasta 1823 y desde 1836 hasta 1837.
La segunda. La Constitución de 1837. Decía así: Siendo la voluntad de la Nación revisar, en uso de su soberanía, la Constitución política promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812, las Cortes Generales congregadas a este fin, decretan y sancionan la siguiente CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA. Doña Isabel II, por la gracias de Dios y la Constitución de la Monarquía Española, Reina de las Españas, y en su Real nombre, y durante su menor edad, la Reina Viuda su Madre Doña María Cristina de Borbón, Gobernador del Reino; a todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Cortes generales han decretado y sancionado, y Nos de conformidad aceptan la CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA.
La segunda. La Constitución de 1837. Decía así: Siendo la voluntad de la Nación revisar, en uso de su soberanía, la Constitución política promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812, las Cortes Generales congregadas a este fin, decretan y sancionan la siguiente CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA. Doña Isabel II, por la gracias de Dios y la Constitución de la Monarquía Española, Reina de las Españas, y en su Real nombre, y durante su menor edad, la Reina Viuda su Madre Doña María Cristina de Borbón, Gobernador del Reino; a todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Cortes generales han decretado y sancionado, y Nos de conformidad aceptan la CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA.
La tercera es
la de 1845. Tiempos de Doña Isabel II, se modificó la constitución anterior y
recaba así su inicio. Sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del
Reino regulariza y pone en consonancia con las necesidades actuales del Estado
los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus
Cortes han tenido en todo tiempo en los negocios graves de la Monarquía,
modificando al efecto la Constitución promulgada el 18 de Junio de 1837, hemos
venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar
y sancionar la siguiente CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA.
La cuarta
constitución fue constituida en el año 1869 que fue llamada: CONSTITUCIÓN
DEMOCRÁTICA DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, publicada el 6 de Junio de 1869. La Nación
Española y en su nombre las Cortes Constituyentes elegidas por sufragio
universal.
La quinta fue
constituida por el Rey Alfonso XII en el año 1876. Decía así: A todos los que
las presentes vieren y entendieren, sabed: que en unión y de acuerdo con las
Cortes del Reino actualmente reunidas, hemos venido a decretar sancionar la siguiente CONSTITUCIÓN DE LA
MONARQUÍA ESPAÑOLA.
La sexta es la
más próxima a nuestra generación y fue la de 1931. Las Cortes Constituyentes
decretaron y sancionaron lo siguiente: ESPAÑA, EN USO DE SU SOBERANÍA, Y
REPRESENTADA POR LAS CORTES CONSTITUYENTES, DECRETA Y SANCIONA ESTA
CONSTITUCIÓN.
En su título
preliminar y concretamente en las Disipaciones generales dictaba así su primer
artículo:
España es una
República Democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen
de Libertad y Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La
República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los
Municipios y las Regiones. La bandera de la República española es: roja,
amarilla y morada.
Tras una larga
etapa de gobierno dictatorial, y una vez que murió Francisco Franco en 1975 se
aprueba la Constitución por la que nos regimos ahora y que celebramos hoy, día 6
de diciembre de 2016.
En esta
Constitución se recogen las aspiraciones históricas y sociales de todos los
pueblos de España y se concilia el desarrollo integran de los mismos con la
unidad de España.
Nuestra actual
Constitución consta de 169 artículos. Tiene un preámbulo, un título preliminar
y diez títulos divididos en capítulos y además el capítulo II del título I está
dividido en dos secciones. Podemos diferenciar tres partes: una dogmática,
dedicada a los principios, derechos y deberes fundamentales del Estado y el
individuo (Art. Del 1 al 55). Otra parte orgánica dedicada a las instituciones
y sus fundamentos (Art. Del 56 al 165). Y una parte dedicada a la reforma de la
propia Constitución (Art. Del 166 al 169). Tiene además un preámbulo, cuatro
disposiciones, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y
una disposición final.
Hemos entrado
en una época de cambio, de inestabilidad, de agotamiento y desconcierto, nada
tiene sentido, como si la sociedad española hubiera caído en una sinrazón donde
haya que reinventar la verdad porque los principios institucionales que nos han
unidos hasta este momento ya no sean útiles. Espero que recapacitemos y
encontremos el camino de la cordura y dejemos el camino de los demagogos que
solo nos lleva a nuestra propia destrucción social.
Feliz día de
la Constitución.
Cuenca 6 de
diciembre de 2016 y el 6 de diciembre de 2023.
José María
Rodríguez González. Profesor e investigador histórico.
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