Fernando III, desde Sevilla, el 20 de noviembre de 1250, da una importante disposición no sólo de relación con la equiparación de las aldeas y las villas, sino reafirmando unas veces y modificando otros diversos aspectos del ordenamiento establecido.
Original, pergamino, castellano. 456X340. A.M. de C. Leg.1 núm3. |
Este documento aborda las siguientes cuestiones:
- Petición de que Cuenca mantenga los fueros y las costumbres que tenía en tiempo de Alfonso, su abuelo, tal como él mismo había prometido al recibir el reino…
- Regulación de viáticos de mandatarios o nuncios entre la corte y la Ciudad.
- Calidades de los jueces. Dispone que los menestrales sean excluidos de la elección –por azar- para los puestos de la justicia…
- Cofradías ilegales. Sabe el Rey que en Cuenca se hacen ayuntamientos y Cofradías en mengua de su poder y de su señorío y con daño del concejo y del pueblo…
- Gastos de bodas. Manda el Rey que nadie ose dar ni recibir vestidos por matrimonio de parientes.
- A estas disposiciones añade otras, también sobre bodas: Todo hombre que casase con mujer doncella no puede darla para su equipo (paños, es en general ropa).
- Más aún: sobre la comida nupcial. Manda el Rey que no coman, para celebrar la boda, más de diez hombres –cinco por cada contrayente-, escogidos por ellos…
Termina el documento con una especie de “da capo”. Torna al tema de las villas y las aldeas para invalidar los diplomas que firmó en otro tiempo sobre el asunto. Y sanciona a los infractores de esta principal cuestión no sólo con su ira, también con la de Dios, y con el cobro, verdaderamente excepcional, de mil maravedíes de multa.
Publicado en Cuenca, 20 de noviembre de 2020 y el 20 de noviembre de 2024.
Por: José María Rodríguez González. Profesor e investigador Histórico.
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Fuente documental:
Privilegios Reales y viejos
documentos. Cuenca. Joyas Bibliográficas. Madrid.1972.
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